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En Memoria de Alfredo Corvalán (10 Ago 1935 – 24 Jul 2023)

Lorena Fries en lo permanente (Entrevista)

Posted on Jun 7, 2015

A L.·. G.·. D.·. G.·. A.·. D.·. U.·.
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Lorena Fries en lo permanente

Entrevista

 

 

Fuente: http://www.iniciativalaicista.cl/

Lorena Fries Monleón, ha estado en la noticia permanentemente, provocando escozor en ciertos sectores nacionales. Algunos la quieren defenestrada en su rol, para el que fue reelecta para un segundo periodo al frente del Instituto Nacional de Derechos Humanos, por el Consejo del mismo.

Abogada y Master en Derecho Internacional de los Derechos Humanos de la Universidad de Oxford, ha desarrollado programas pioneros en DD.HH. con fuerzas armadas, policías, jueces y funcionarios públicos en América del Sur; ha coordinado la presentación de informes sombra (alternativos) ante el Sistema de Derechos Humanos de Naciones Unidas e informes regionales para el Sistema Interamericano.

Fue presidenta de la Corporación Humanas, institución dedicada a promover y asegurar los derechos de la mujer. Ha sido consultora en derechos humanos de la mujer para instancias gubernamentales, no gubernamentales y agencias internacionales, y autora de diversas publicaciones en la materia. Es profesora de pre grado y post grado en género y derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.

En virtud de lo destacado de su trabajo al frente del INDH, más allá de toda aspiración determinada por algunos intereses políticos circunstanciales, Iniciativa Laicista quiso saber su opinión sobre lo permanente de su dedicación de vida: los Derechos Humanos y su percepción experimentada.

Lorena Fries Monleón.

Lorena Fries Monleón.

 

      ¿Cuáles son los temas que marcan la agenda 2015 de los Derechos Humanos en Chile?

Se podría decir que, grosso modo, los déficits en materia de derechos humanos en Chile radican en tres campos, que son los que debieran marcar el debate y la agenda pública. Estos son: discriminación, derechos económicos, sociales y culturales, y las deudas en materia de verdad y justicia en relación a los crímenes de la dictadura.

        Respecto de cada uno de ellos me atrevería a decir que los derechos de los pueblos indígenas, el derecho a la educación y los derechos colectivos en el ámbito laboral son algunos ámbitos en los cuáles estamos por debajo de los estándares internacionales y respecto de los cuales debiera haber alguna priorización por parte del Gobierno.

         Hoy nuestra democracia se enfrenta a nuevos problemas y demandas ciudadanas que buscan correr la valla de los derechos humanos, con una mayor conciencia de estos y de su exigilibilidad. De ello el Estado debe hacerse cargo y, en este camino, se requiere fortalecer la institucionalidad democrática en materia de derechos humanos – como son la Subsecretaría de Derechos Humanos, una Defensoría del Pueblo y el Mecanismo Nacional para la Prevención contra la Tortura – siempre abriendo instancias de mayor participación para que la ciudadanía cuente efectivamente con la posibilidad de exigir sus derechos.

       ¿Qué debería hacer el Estado de Chile para resolver los temas más acuciantes en materia de DDHH?

         Lo primero, a nivel normativo, es la Constitución Política. Se requiere que los derechos de todos y todas, sin discriminación, estén reconocidos explícitamente en la Constitución. Este debate es relevante desde el punto de vista de los derechos humanos, en la medida en que el actual diseño constitucional es débil en esta materia, como lo hemos dicho en los informes del INDH, ya que no reconoce todos los derechos existentes y, además, contempla una protección judicial limitada para los derechos humanos.

         Esto es clarísimo en el caso de los derechos económicos y sociales (como la vivienda, la salud, la educación o el trabajo), que deben ser exigibles ante los tribunales de justicia de manera simple, oportuna y efectiva, lo que no está garantizado en la actual carta magna.

         Por otra parte, a un nivel administrativo, se requiere que las políticas sociales del Gobierno estén dirigidas a la concreción de los derechos humanos y a promover acciones positivas para los grupos históricamente discriminados, de manera que todos y todas cuenten efectivamente con las mismas oportunidades en el acceso a derechos y en resultados que permitan la realización de sus planes de vida.

         Finalmente, uno de los componentes claves en el ejercicio de los derechos humanos es la educación: un acceso equitativo a la educación de calidad con enfoque de derechos humanos. No se puede exigir algo que no se conoce. Por eso, lo primero es que la ciudadanía y las personas, como titulares de derechos humanos, los conozcan y así se empoderen para exigirlos. Una cultura de derechos es lo más importante para avanzar en el respeto y la garantía de estos, ya que es la sociedad civil la que históricamente ha impulsado estos avances.

       ¿Desde la perspectiva del derecho a la educación, los proyectos de ley aprobados a inicios de 2015, apuntan a garantizar los derechos que su institución ha considerado vulnerados?

        Avanzan en ese sentido. Las reformas aprobadas por el Congreso en materia educacional se encaminan hacia el respeto de los estándares internacionales en materia del derecho a la educación, los que incluyen la libertad de los padres, madres y apoderados a elegir la educación que desean para sus niños y niñas, y también la libertad de organizar distintos proyectos educativos, siempre que cumplan con los mínimos establecidos para resguardar los propósitos de la educación.

        Recordemos que Chile ha ratificado tratados de derechos humanos, que tienen rango constitucional y que reconocen el derecho a la educación gratuita y de calidad para todos y todas sin discriminación. Esto significa que el Estado tiene la obligación de garantizarla. El lucro, el copago y la selección operan hoy de tal manera que han permitido que la educación chilena sea de las más segmentadas del mundo, afectando el derecho a la educación. Esta reforma lo que hace es eliminar la selección, poner fin al copago y evitar el lucro con un bien público que debiera estar al acceso de todos y todas.

       ¿La situación de los pueblos originarios en Chile y los problemas que la han caracterizado luego del retorno a la democracia, siguen siendo acuciantes desde el punto de vista de los objetivos que han caracterizado la visión universal de los DDHH al respecto?

Desde una perspectiva legal, Chile garantiza la libertad de conciencia y de culto.

Desde una perspectiva legal, Chile garantiza la libertad de conciencia y de culto.

        Sí. La situación de los pueblos indígenas nos preocupa no sólo a nosotros como INDH, sino también a los organismos del sistema internacional de los derechos humanos. En su reciente visita a Chile, el Relator de Naciones Unidas para la Pobreza Extrema y los DDHH, Philip Alston, se refirió a este tema como el “talón de Aquiles” en materia de derechos fundamentales en el siglo XXI, declarando que los esfuerzos por eliminar la extrema pobreza no podrán tener éxito sin un enfoque concentrado en la situación de los pueblos indígenas, ya que, a su juicio, la respuesta del Estado de Chile a los problemas de exclusión, marginación y discriminación de los pueblos indígenas ha sido tibia y poco sistemática.

        Nosotros hemos hecho un diagnóstico en ese sentido y en el Informe Anual 2014 ponemos énfasis en la necesidad urgente de construir un nuevo tipo de relaciones con los pueblos indígenas, en particular con el pueblo mapuche, para resolver un conflicto que recrudece y que no encuentra vías de solución. Tanto la represión desde el Estado, como otros actos de violencia, ahondan el problema y alejan las perspectivas de solución.

       El Estado tiene la principal responsabilidad en esto y debe generar las condiciones para un diálogo que involucre a todos los actores del conflicto para abordar las brechas en inequidad social, pobreza, marginalidad y, sobre todo, el reconocimiento del derecho a propiedad sobre las tierras y los territorios, incluidos los de ocupacion ancestral. Esto, que constituye una obligación para el Estado de Chile por los tratados internacionales ratificados, implica garantizar los derechos sobre los recursos naturales que hay en esos territorios.

       ¿Desde el punto de vista de los derechos de conciencia, cuáles son las circunstancias que están afectando de manera concreta su ejercicio y garantización en nuestro país?

         Desde una perspectiva legal, Chile garantiza la libertad de conciencia y de culto. Pero en la aplicación práctica de los derechos, estos pueden entrar en tensión con otras garantías, lo que obliga a los Tribunales a ponderar los principios en pugna para cada caso. Aquí hemos visto, y así lo decimos en nuestro Informe Anual 2014, que en el caso de la libertad religiosa se dan situaciones puntuales en que los Tribunales no han considerado las restricciones legítimas permitidas en el derecho internacional.

         Por ejemplo, está el caso de dos estudiantes adventistas que recurrieron a tribunales porque la universidad los obligaba a rendir un examen en el día considerado de descanso para su religión, el sábado. En este caso, la Corte consideró que el derecho a la libertad religiosa debe “compatibilizarse con las situaciones académicas y contractuales que los estudiantes decidieron libremente asumir”, por lo que rechazó la petición de los estudiantes, afectando su derecho a la libertad religiosa. Así hay otros casos.

       De manera más clara lo hemos visto en casos de pueblos indígenas, sobre todo cuando algunos de sus miembros están privados de libertad, en que no se les permite practicar sus ceremonias religiosas. Fue, por ejemplo, el caso del machi Celestino Córdoba el año pasado. Por último, respecto a la objeción de conciencia para la realización del servicio militar obligatorio, la legislación internacional no reconoce este derecho explícitamente, pero sí hay pronunciamientos de organismos internacionales en la línea de reconocer ese derecho. En el caso de Chile, en julio del año pasado el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas manifestó su preocupación de porqué la ley vigente no reconoce la objeción de conciencia al servicio militar, recomendando al Estado de Chile a agilizar la adopción de una legislación en ese sentido.

      ¿Los eventos que han marcado la pauta noticiosa de los últimos meses, relacionados con los casos Penta, Caval y SQM, tienen impacto en los DDHH de los chilenos?

       En términos generales sí, pueden tener impacto en los derechos humanos, en la medida en que se pone en riesgo el ejercicio de derechos en igualdad de condiciones. La corrupción y la falta de probidad – hay que hacer la distinción entre una y otra – reemplazan las reglas del juego democrático que garantizan la igualdad, por otras que responden a intereses particulares.

       Por ejemplo: cuando existen coimas que desvían el sentido de las decisiones estatales para favorecer a quien paga, se pueden ver afectados los derechos civiles y políticos, y también los derechos económicos, sociales y culturales, siendo especialmente preocupante en el caso de los sectores de ingresos bajos y medios, cuya realización depende en mayor medida de programas del Estado.

       Por otro lado, en el caso del financiamiento ilegal de las campañas electorales, se le otorga a las empresas financistas una desproporcionada capacidad de influir en las decisiones de los legisladores, imponiendo sus intereses particulares por sobre el deber de resguardo del interés general. Esto también puede perjudicar la realización de varios derechos y, por supuesto, afecta la confianza de la ciudadanía en las instituciones de esta democracia. Por eso, el Estado debe poner todos sus esfuerzos para impedir, con normas o reformas institucionales, la ocurrencia de hechos de corrupción y de falta de probidad.

       ¿Cuán relacionada con los DDHH es la necesidad de legislar sobre el aborto de manera distinta a la legislación vigente en Chile?

         Desde la perspectiva de los derechos humanos, hoy en Chile es necesario un debate amplio e informado sobre el aborto. Para eso se debe tener conocimiento de las obligaciones que tiene el Estado de Chile por los compromisos que ha asumido voluntariamente con el sistema internacional de los derechos humanos.

Hoy en Chile es necesario un debate amplio e informado sobre el aborto.

Hoy en Chile es necesario un debate amplio e informado sobre el aborto.

        Los organismos internacionales que supervisan el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto de Derechos Económicos y Sociales, y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas a través de su Examen Periódico Universal han recomendado a Chile revisar su legislación para evitar la criminalización de las mujeres, y abrirse a legislar sobre situaciones que desde el derecho internacional de los derechos humanos constituyen una violación de los derechos de las mujeres, esto es, en caso de riesgo de vida o salud de la mujer, en caso de malformaciones graves del feto incompatibles con la vida y en caso de violación.

        Al respecto, además, en 2013 el Relator Especial contra la Tortura opinó que se vulnera la prohibición de tratos crueles, inhumanos o degradantes cuando una mujer abortante es sometida a tratos como la denegación de servicio, infracción del secreto médico o denuncia a la justicia por funcionarios de la salud, entre otros.

       Estas violaciones a los derechos de las mujeres se dan hoy en Chile, en virtud de la legislación nacional. Un ejemplo es el caso reciente de una joven que fue detenida en el mismo Hospital de Calama tras llegar de urgencia por complicaciones eventualmente asociadas a un aborto clandestino.

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