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En Memoria de Alfredo Corvalán (10 Ago 1935 – 24 Jul 2023)

Regularidad Masónica de Grandes Logias, Logias de la Obediencia y del Masón

Posted on Feb 7, 2015

A L.·. G.·. D.·. G.·. A.·. D.·. U.·.
Libertad Igualdad Fraternidad

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Regularidad Masónica de Grandes Logias, Logias de la Obediencia y del Masón

Alfredo Corvalán

Instituto de Apoyo a la Formación Masónica (INAFOM) 2014

“QUI DOCET DISCIT»

Seminario para Vigilantes y Expertos

 

          La Regularidad Masónica es importante como tema de la docencia masónica porque preserva a la Orden de deformaciones y asegura la efectiva vigencia de los Principios Fundamentales de la misma.

Debemos tener presente que la regularidad masónica, como concepto de derecho masónico, no es otra cosa que la conformación de la conducta a las normas legales aprobadas y vigentes en la Orden.

          Por su carácter de esenciales, los “Landmarks” se convirtieron naturalmente en fuente primordial del Derecho Masónico en general y del Interpotencial en particular. Éste último se denomina así porque en el léxico propio de la Orden, las Grandes Logias son llamadas “Potencias Masónicas”. Los “Landmarks”, por tanto, fundamentan las normas de reconocimiento de la regularidad masónica.

          Consideramos útil recordar que regular deriva del latín regularis, y éste de regula, que significa regla, es decir, aquello que exactamente se conforma con la norma prevista. En Francmasonería se entiende por regular, especialmente entre los latinos, lo que se ajusta a la regla, la ley, usos y prácticas establecidas en ella. Dicho concepto es conocido entre los masones de lengua inglesa por legitimidad; que, a justo título, equivale a regularidad.

          Se trata de un tema complejo por las controversias que generó y aún genera en la historia moderna de la Orden. La Masonería, a pesar de ser ontológicamente  (ontología: “ciencia del ente”, estudia las características esenciales de lo que es común a todos los seres) una, como es uno el universo, a veces ha sido distorsionada en su forma o expresión externa.

          El movimiento de exigir la regularidad masónica para aceptar como tal a una Gran Logia fue iniciado por las Grandes Logias de los Estados Unidos de América y luego fue seguido por la Gran Logia Unida de Inglaterra (G:.L:.U:.I:.), considerada por muchos como la Gran Logia Madre. Ésta última en 1929 promulgó las normas de reconocimiento que hoy son aceptadas por la inmensa mayoría de las Grandes Logias del mundo, salvo por el Gran Oriente de Francia y otras Grandes Logias consideradas irregulares.

          Las condiciones que deben cumplir las Potencias Masónicas que soliciten reconocimiento en la jurisdicción inglesa son las siguientes:
1.- Legitimidad de origen. (Gran Logia legalmente constituida por, al menos, tres Logias legítimamente constituidas o que haya sido                    legalmente reconocida por una Gran Logia regular).
2.- Que la creencia en el G.·.A.·.D.·.U.·. sea condición esencial para la admisión de sus miembros.
3.- Que todos los iniciados hagan sus votos (o sea, que presten juramento) sobre o ante el Libro de la Ley Sagrada abierto.
4.- Que los miembros de una Gran Logia y de las logias individuales que integran la obediencia sean solamente hombres y no tengan                    ningún tipo de relacionamiento masónico con logias femeninas o logias mixtas.
5.- Que la Gran Logia tenga jurisdicción soberana sobre logias bajo su control y no esté sujeta ni dividida su autoridad con ningún                        consejo  supremo ni ningún otro poder.
6.- Que las Tres Grandes Luces de la Masonería (Libro de la Sagrada Escritura, Escuadra y Compás) estén siempre expuestos durante                  los trabajos, siendo el Libro de la Ley Sagrada el principal de ellas.
7.- Prohibición de las discusiones sobre religión y política en las logias.
8.- Estricta observancia de los antiguos Landmarks, usos y costumbres de la Orden.

          En los Estados Unidos de América ha sido creada una “Comisión de Información para Reconocimiento” que realiza estudios y actualiza los principios básicos que deben ser observados para el reconocimiento de las Grandes logias. El último informe de esa comisión, considera tres principios básicos:

1.- Legitimidad de origen.
2.- Supremacía territorial (autoridad masónica en su territorio gubernamental).
3.- Antiguos Landmarks; esto significa exigir concordancia con los siguientes postulados en sus principios, ritos y  relaciones:
Monoteísmo (“la inalterable y permanente creencia en Dios”).
El Volumen del Libro de la Ley Sagrada (parte esencial de los móviles de la logia). Prohibición de discusiones sobre política y religión.

         La Gran Logia de la Masonería del Uruguay es, en la actualidad, una Potencia Masónica regular y es tenida como tal en el concierto masónico internacional.

         Gradación de la Regularidad

          Examinaremos la aplicación del concepto de regularidad, por gradación, es decir frente al masón, la Logia y la Gran Logia.

          Masón: Un masón es regular cuando él ha sido iniciado conforme a los Principios Fundamentales (Landmarks), usos y costumbres de la Orden, cuando integra una Logia regular y cuando satisface lealmente las obligaciones contraídas, a la vez, frente a ella y frente a la Orden en general.
No se concebiría un masón que no hubiera sido iniciado de acuerdo a las normas preceptuadas en el seno de la Orden, pero además es necesario que ajuste su modo de pensar y de vivir a los deberes previstos en los Landmarks, la Constitución, Leyes y Reglamentos; es decir, ha de pertenecer a una Logia regular y practicar las virtudes sociales.

         Logia: Una logia es regular cuando está constituida  con no menos de siete (7) maestros masones regulares y trabaja con normal periodicidad dentro del espíritu que contiene en general la Orden, siguiendo el método iniciático. Es pertinente recordar que “tres maestros la iluminan (el Venerable y los dos Vigilantes), cinco la dirigen (aquéllos, más el Orador y el Secretario), y siete la convierten en justa y perfecta.
La Logia legalmente constituida, lo que se acredita con su acta constitutiva, debe someterse a la jurisdicción de una Potencia Masónica (Gran Logia). Ésta, después de examinar su normal constitución, expide su autorización para funcionar bajo su dependencia, otorgando la correspondiente carta-patente.
El artículo 39 de la Constitución establece cómo se forma una nueva Logia Simbólica y los números necesarios para hacerlo. En la realidad, es política de la Gran Maestría  que todas trabajen en principio EN INSTANCIA,  antes del levantamiento definitivo.

          Constitución de la Gran Logia de la Masonería del Uruguay. Actualizada con la reforma de 2013.

          Logia en Instancia

           Artículo 49. Siete o más masones activos, de los cuales no menos de tres deberán ser maestros podrán ser autorizados por la Gran Maestría a trabajar como Logia Simbólica en Instancia con el único propósito de llegara constituirse en Logia Simbólica de acuerdo con la normativa pertinente.

          La presidencia será ocupada por uno de los masones que posea el grado de maestro, que tomará el título de Venerable Maestro.

         Logia simbólica regular 

          Artículo 39.  Siete o más masones activos, de los cuales no menos de tres deben  tener el grado de maestro, reunidos con sus diplomas y Placet-Quitte vigentes, podrán formar una Logia Simbólica, siempre que no hubiere en el mismo Oriente otra Logia Simbólica constituida dependiente de la Gran Logia de la Masonería del Uruguay.

          En caso de que existiere en dicho Oriente uno o más talleres trabajando regularmente, se requerirán por lo menos quince masones activos; de los cuales, no menos de siete, deberán tener el grado de maestro.

         En el Oriente de Montevideo se requerirán por lo menos veintiún masones activos; de los cuales, no menos de catorce, deberán tener el grado de maestro.

         Regularidad Masónica y Ritual

          El concepto de Regularidad Masónica deber ser una realidad no sólo al momento de levantamiento de columnas de una Logia Simbólica, sino también al tiempo de su funcionamiento como tal, respetando y haciendo respetar los rituales aprobados y vigentes.

El concepto de Regularidad Masónica deber ser una realidad no sólo al momento de levantamiento de columnas de una Logia Simbólica, sino también al tiempo de su funcionamiento como tal, respetando y haciendo respetar los rituales aprobados y vigentes.

         Nada sustituye a los rituales y al trabajo en logia. Todo lo demás que se haga en materia de docencia masónica, en definitiva, no puede ser sino complementario y estar subordinado a ellos.

        Demos tener presente que la regularidad masónica, como concepto de derecho masónico, no es otra cosa que la conformación de la conducta a las normas legales aprobadas y vigentes en la Orden.

        Por su parte el Ritual, que es el símbolo en acción, es la columna vertebral de la docencia masónica, porque con el Ritual se enseña, se instruye y se educa al masón.

        La razón fundamental por la cual existe una dispersión en las ceremonias masónicas es porque los Talleres no cumplen con la obligación de observar y hacer observar los rituales aprobados y vigentes. De esta anomalía somos responsables, en distintos grados, todos los Maestros Masones de la Orden porque todos debemos ejercer el Magisterio Masónico, que es nuestra principal obligación.

        Reforma Constitucional y Rituales

Por su parte el Ritual, que es el símbolo en acción, es la columna vertebral de la docencia masónica, porque con el Ritual se enseña, se instruye y se educa al masón.

        La Constitución de la Gran Logia de la Masonería del Uruguay (GLMU) no preveía, hasta la reforma de 2013, como obligación colectiva de los Talleres el cumplimiento de los Rituales aprobados y vigentes.

        La Gran Maestría, por Circular 23 de 2012, da a conocer a las Logias de la Obediencia el Proyecto de Reforma de la Constitución de la GLMU. El mismo dice al respecto:

  1. E) Obligaciones de los Talleres: (…) Por otra parte, es necesario que los rituales se escenifiquen y desarrollen sin alteraciones que desvirtúan su propósito simbólico e iniciático, por lo que esta obligación debe estar prevista en la Constitución».

       La Comisión Especial de Constitución de la Honorable Cámara  de Maestros (H.·.C.·.M.·.) aprobó la reforma propuesta por la Gran Maestría, agregando al artículo 53 del Capítulo II (Deberes Colectivos de los Talleres) el siguiente párrafo: “Observar y hacer  observar los rituales aprobados y vigentes, no permitiendo modificaciones en las ceremonias por ellos reguladas”.

Con el Ritual se enseña, se instruye y se educa al masón.

       El argumento de la Logia que se opuso en su momento a la reforma propuesta por la Gran Maestría es que cada vez que sea necesario reformar un ritual habrá que hacer una reforma  constitucional. Argumento falso, porque el agregado propuesto por la Gran Maestría y aprobado por la Comisión Constitucional de la H.·.C.·.M.·. y finalmente por su plenario, no impide que las Logia de la Obediencia propongan cuántas reformas deseen a los rituales vigentes, pero lo que no permite es que se apliquen modificando las ceremonias reguladas por ellos antes de su efectiva probación por la Gran Maestría, previa consulta al  Supremo Consejo (art. 70  in fine de la Constitución).

       Con la reforma sancionada se evita que las Logias usen el argumento de los usos y costumbres, ignorándose el principio del derecho general y del masónico en particular; que nos dice que no puede haber usos y costumbres contrarios a la ley vigente.

       Gran Logia (Potencia Masónica)

La posesión de los atributos de la regularidad confiere el legítimo derecho a entrar en el concierto Interpotencial de la Francmasonería, y al mismo tiempo, cumplir con sus obligaciones.

        Una Gran Logia es regular cuando es reconocida como tal por una Gran Logia Regular, se le expide la carta patente correspondiente y se ajusta en sus principios,  procedimientos, ritos y relaciones a las normas que rigen la regularidad masónica.

       La posesión de los atributos de la regularidad confiere el legítimo derecho a entrar en el concierto Interpotencial de la Francmasonería, y al mismo tiempo, cumplir con sus obligaciones.

       Irregularidad Masónica   

       Entendemos por irregularidad masónica a los  comportamientos y las acciones personales o corporativas contrarios a las normas del Derecho Masónico y a los usos y costumbres no contrarios a la ley.

 

 

Referencias

  • Corvalán, Alfredo (2013). Docencia Masónica. Montevideo: Editorial Veritas.
  • Corvalán, Alfredo (2003). Los Landmarks de la Masonería. Montevideo: Ediciones de la Fe.

 

Por textos masónicos adicionales puedes consultar nuestra lista completa de trazados o granarquitectodeluniverso.com.

2 Comments

  1. Has mencionado que es fundamental creer en un Dios para ser masón.
    Pregunto: ¿POr qué en el Rito Francés no existe tal exigencia?

  2. Muy Buenas tardes.

    Tengo una inquietud respecto a los ritos aprobados vigentes: El Rito Egipcio es aceptado como regular y vigente dentro de la masonería regular?

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